Artículo 895 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El tutor especial tendrá como función primordial, la indebidamente a un menor de su residencia habitual, perturbando guarda y cuidado del menor de edad, hasta el momento en que deba los derechos de custodia, guarda legal o de convivencia, será hacer su entrega a la persona correspondiente, según sea ratificada responsable de los daños y perjuicios ocasionados tanto al menor o no la restitución. de edad, como a las personas, instituciones u organismos que ejercen dichos derechos, sin perjuicio de la responsabilidad penal
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.