Código Familiar estatal

Artículo 926 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La resolución judicial que ordene la imposición de cualquiera de los medios de apremio descritos en el precepto anterior, III. Cuestiones relacionadas con violencia familiar.

deberá notificarse personalmente a quien se dirija el requerimiento.

Respecto de menores de edad, se deberá tomar en cuenta su interés

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 926 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 926 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

La resolución judicial que ordene la imposición de cualquiera de los medios de apremio descritos en el precepto anterior, III. Cuestiones relacionadas con violencia familiar. deberá notificarse personalmente a quien se…

¿Está vigente el artículo 926?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.