Código Familiar estatal

Artículo 970 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La demanda, reconvención, contestación a estas y referirse a todos y cada uno de los hechos aducidos por el actor, desahogo de vistas, deberán presentarse por escrito ante el juez de confesándolos o negándolos, así como, en su caso, interponer instrucción. excepciones.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 970 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

La demanda, reconvención, contestación a estas y referirse a todos y cada uno de los hechos aducidos por el actor, desahogo de vistas, deberán presentarse por escrito ante el juez de confesándolos o negándolos, así…

¿Está vigente el artículo 970?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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