Artículo 276 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca
Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Quienes ejerzan la patria potestad o tengan niñas, niños o adolescentes bajo su seguridad o custodia, tiene la obligación de cuidar, educar y respetar su integridad física y psicológica, así como observar una conducta que sirva a éstos de buen ejemplo.
La obligación de educar no implica infligir al menor de edad actos de fuerza que atenten contra su integridad física o psíquica.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.