Código Familiar estatal

Artículo 33 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca

Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El abandono injustificado del domicilio conyugal por uno de los cónyuges, por más de seis meses produce, en relación al matrimonio el siguiente efecto: hace cesar para él, desde el día del abandono, los efectos de la sociedad conyugal en cuanto le favorezcan; éstos no podrán comenzar de nuevo sino por convenio expreso.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 33 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca?

El abandono injustificado del domicilio conyugal por uno de los cónyuges, por más de seis meses produce, en relación al matrimonio el siguiente efecto: hace cesar para él, desde el día del abandono, los efectos de la…

¿Está vigente el artículo 33?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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