Código Familiar estatal

Artículo 497 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca

Código Familiar Para El Estado De Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los mayores de 16 años que estén sujetos a tutela, tienen derecho a que se les emancipe, si demuestran su buena conducta y su aptitud para el manejo de sus intereses.

Los que ejerzan la patria potestad o la tutela pueden emancipar a los que están bajo de ella, que se encuentren en las condiciones mencionadas en el párrafo anterior, siempre que éstos consientan en su emancipación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 497 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca?

Los mayores de 16 años que estén sujetos a tutela, tienen derecho a que se les emancipe, si demuestran su buena conducta y su aptitud para el manejo de sus intereses. Los que ejerzan la patria potestad o la tutela…

¿Está vigente el artículo 497?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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