Artículo 916 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca
Código Familiar Para El Estado De Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si por averiguaciones posteriores resultare cierto el embarazo, se deberán abonar los alimentos que hubieren dejado de pagarse.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.