Artículo 115 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí
Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son objeto de patrimonio de familia:
I. La casa habitación de la familia;
II. Un vehículo de transporte;
III. Los muebles, enseres, menaje y útiles de uso familiar;
IV. La parcela cultivable cuando la familia dependa de sus productos, así como los semovientes, provisiones y forrajes que sean necesarios para ésta, y V. La maquinaria e instrumentos necesarios para el cultivo de la finca.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.