Código Familiar estatal

Artículo 116 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí

Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los miembros de la familia tienen derecho al usufructo de los bienes que constituyen el patrimonio familiar, conservando la propiedad quienes lo constituyen.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 22 DE DICIEMBRE DE 2012)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 116 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí?

Los miembros de la familia tienen derecho al usufructo de los bienes que constituyen el patrimonio familiar, conservando la propiedad quienes lo constituyen. (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 22 DE DICIEMBRE DE 2012)

¿Está vigente el artículo 116?

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