Artículo 32 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí
Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El desempeño del trabajo en el hogar, o el cuidado de las hijas o hijos, se estiman como contribución o participación económica por parte del cónyuge que los realice.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.