Artículo 382 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí
Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Quien ejerza la tutela de una persona incapaz, que tenga hijas o hijos menores bajo su patria potestad, será también quien ejerza la tutela sobre ellas o ellos, si no hay otro ascendiente a quien la ley llame al ejercicio de aquel derecho.
Capítulo VII De la Tutela Pactada para la Protección de Personas con Discapacidad y Personas Adultas Mayores
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.