Artículo 5 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí
Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las hijas e hijos tienen el deber de honrar y respetar la integridad de su padre, madre y demás ascendientes; de proveer en todas sus necesidades; de cuidarlos en su condición de personas adultas mayores, de enfermedad, o del estado de interdicción en el que se encuentren.
(REFORMADO, P.O. 22 DE JULIO DE 2010)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.