Código Familiar estatal

Artículo 69 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí

Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Requisitos de validez:

I. La licitud en el objeto;

II. La ausencia de vicios del consentimiento, y (REFORMADA, P.O. 17 DE SEPTIEMBRE DE 2015)

III. La mayoría de edad.

Capítulo IX De la Nulidad del Matrimonio

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 69 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 69 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí?

Requisitos de validez: I. La licitud en el objeto; II. La ausencia de vicios del consentimiento, y (REFORMADA, P.O. 17 DE SEPTIEMBRE DE 2015) III. La mayoría de edad. Capítulo IX De la Nulidad del Matrimonio

¿Está vigente el artículo 69?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.