Artículo 164 de Código Federal de Procedimientos Civiles
Código Federal de Procedimientos Civiles · Última reforma de referencia: 07-06-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 164.- A juicio del tribunal o a petición de parte, se levantarán planos o se tomarán fotografías del lugar u objetos inspeccionados.
Fe de erratas al artículo DOF 13-03-1943 CAPITULO VI Prueba testimonial
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.