Artículo 230 de Código Federal de Procedimientos Civiles
Código Federal de Procedimientos Civiles · Última reforma de referencia: 07-06-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 230.- Del auto que decida sobre la revocación no habrá ningún recurso.
CAPITULO II Apelación y revisión forzosa
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.