El artículo 396 del Código Federal de Procedimientos Civiles se refiere a las decisiones judiciales sobre medidas cautelares. Cuando un juez niega una medida cautelar, la parte afectada puede apelar esta decisión, lo que significa que puede solicitar a un tribunal superior que revise el caso. Esta apelación se puede hacer en ambos efectos, es decir, se puede pedir que se revoque la decisión y que se ordene la medida cautelar.
Por otro lado, si el juez concede la medida cautelar, la apelación solo se puede hacer en el efecto devolutivo. Esto implica que la medida se mantiene mientras se revisa la decisión, pero no se puede solicitar que se revoque de inmediato.
- Negativa de medida: apelación en ambos efectos.
- Concesión de medida: apelación solo en efecto devolutivo.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.