El artículo 521 del Código Federal de Procedimientos Civiles ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni aplicación en el ordenamiento jurídico. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía han sido eliminadas y, por lo tanto, no se pueden invocar ni aplicar en procedimientos legales.
Este cambio fue oficializado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de enero de 2012. Es importante estar al tanto de las derogaciones, ya que afectan la interpretación y aplicación de la ley en los casos que puedan surgir.
- El artículo ya no es parte de la legislación vigente.
- La derogación se publicó oficialmente.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.