Código federal

Artículo 534 de Código Federal de Procedimientos Civiles

Código Federal de Procedimientos Civiles · Última reforma de referencia: 07-06-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 534.- El Juez podrá variar o modificar las providencias que dictare, sin sujeción estricta a los términos y formas establecidos respecto de la jurisdicción contenciosa.

No se comprenden, en esa disposición, los autos que tengan fuerza de definitivos, a no ser que se demuestre que cambiaron las circunstancias que determinaron la resolución.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 534 del Código Federal de Procedimientos Civiles permite al Juez modificar las decisiones que haya tomado, sin necesidad de seguir estrictamente los procedimientos establecidos para los casos contenciosos. Esto significa que el Juez tiene cierta flexibilidad para ajustar sus resoluciones según lo considere necesario.

Sin embargo, hay una excepción importante: esta capacidad de modificación no se aplica a los autos que ya son definitivos. Para que un auto definitivo pueda ser cambiado, es necesario demostrar que han ocurrido cambios en las circunstancias que llevaron a esa decisión inicial.

  • El Juez puede modificar sus providencias.
  • No se requiere seguir estrictamente los procedimientos establecidos.
  • Los autos definitivos no pueden ser modificados sin demostrar un cambio de circunstancias.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 534 de Código Federal de Procedimientos Civiles?

El artículo 534 del Código Federal de Procedimientos Civiles permite al Juez modificar las decisiones que haya tomado, sin necesidad de seguir estrictamente los procedimientos establecidos para los casos contenciosos. Esto significa que el Juez tiene cierta flexibilidad para…

¿Está vigente el artículo 534?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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