Artículo 29 de Código Fiscal del Distrito Federal — Colima
Código Fiscal del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La determinación de los créditos fiscales establecidos en este Código, corresponde a los contribuyentes.
En caso de que las autoridades fiscales deban hacer la determinación, los contribuyentes les proporcionarán la información necesaria dentro de los quince días siguientes a la fecha de su causación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.