Artículo 370 de Código Fiscal del Distrito Federal — Colima
Código Fiscal del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para la efectividad de las fianzas a que se refiere este Capítulo, la Secretaría podrá optar por cualquiera de los procedimientos que a continuación se señalan:
(REFORMADA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2015)
I. Procedimiento administrativo de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas;
II. Procedimiento de conciliación ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, conforme a lo previsto en el Capítulo I del Título Quinto de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, y III. Demanda ante los Tribunales competentes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.