Artículo 464 de Código Fiscal del Distrito Federal — Colima
Código Fiscal del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las infracciones relacionadas con los padrones de contribuyentes, darán lugar a la imposición de una multa de $521.00 a $911.00, en los siguientes casos:
(REFORMADA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)
I. No solicitar la inscripción o hacerlo extemporáneamente, salvo cuando la solicitud se presente de manera espontánea;
(REFORMADA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)
II. No presentar los avisos que establece este Código o hacerlo extemporáneamente, salvo cuando la presentación sea espontánea, y (ADICIONADA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)
III. No obtener las placas de circulación ante las autoridades competentes, de conformidad con el párrafo primero del artículo 160, del presente Código.
CAPITULO II De las Infracciones y Sanciones Relacionadas con la Presentación de Declaraciones e Informes en General (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, G.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2020)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.