Artículo 185 de Código Fiscal del Estado — Aguascalientes
Código Fiscal del Estado — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los terceros opositores podrán ocurrir ante la dependencia ejecutora para señalar otros bienes de la propiedad del deudor del crédito fiscal, libres de todo gravamen y suficientes para garantizar las prestaciones fiscales adeudadas; esta circunstancia no obligará a la dependencia ejecutora a levantar el embargo sobre los bienes a que se refiere la oposición.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.