Código Fiscal estatal

Artículo 37 de Código Fiscal del Estado — Aguascalientes

Código Fiscal del Estado — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Se considera realizado el hecho imponible y existentes sus resultados:

I.- En las situaciones de hecho, en el momento en que se realicen las circunstancias materiales necesarias para que se produzcan los efectos que normalmente le corresponden.

II.- En las situaciones jurídicas, en el momento en que estén definitivamente constituidas de conformidad con el derecho aplicable.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 37 de Código Fiscal del Estado — Aguascalientes?

Se considera realizado el hecho imponible y existentes sus resultados: I.- En las situaciones de hecho, en el momento en que se realicen las circunstancias materiales necesarias para que se produzcan los efectos que…

¿Está vigente el artículo 37?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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