Artículo 86 de Código Fiscal del Estado — Aguascalientes
Código Fiscal del Estado — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Comete el delito de rompimiento de sellos en materia fiscal quien, sin autorización legal, altere o destruya los aparatos de control, sellos o marcas oficiales colocados con finalidad fiscal, o impida por medio de cualquier maniobra que se logre el propósito para el que fueron colocados.
El que cometa este delito, se le impondrá la pena de dos a seis años de prisión.
TITULO CUARTO DEL TRAMITE ADMINISTRATIVO CAPITULO I De los Organos (REFORMADO, P.O. 8 DE AGOSTO DE 2005)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.