Código Fiscal estatal

Artículo 93 de Código Fiscal del Estado — Aguascalientes

Código Fiscal del Estado — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los funcionarios y empleados públicos, que en ejercicio de sus funciones conozcan de hechos u omisiones que puedan entrañar infracciones a las disposiciones fiscales, deberán comunicarlo a la Secretaría de Finanzas, dentro de los diez días siguientes a la fecha en que tengan conocimiento de tales hechos u omisiones.

(REFORMADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2014)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 93 de Código Fiscal del Estado — Aguascalientes?

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¿Está vigente el artículo 93?

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