Artículo 97 de Código Fiscal del Estado — Aguascalientes
Código Fiscal del Estado — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las autoridades fiscales solicitarán de las demás autoridades estatales y municipales, la colaboración que consideren necesaria para el eficaz desempeño de sus funciones; esta colaboración la deberán procurar de inmediato.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 8 DE AGOSTO DE 2005)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.