Artículo 118 de Código Fiscal del Estado de Baja California
Código Fiscal del Estado de Baja California · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El particular interesado garantizará únicamente los créditos y accesorios que impugne. Respecto de los créditos no reclamados se continuará el Procedimiento Administrativo de Ejecución.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.