Código Fiscal estatal

Artículo 159 de Código Fiscal del Estado de Baja California

Código Fiscal del Estado de Baja California · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las convocatorias de remate contendrán:

I.- Nombre y domicilio del deudor.

II.- La fecha, hora y lugar en que vaya a efectuarse el remate.

III.- Relación de los bienes por rematar.

IV.- Valor que sirva de base para la almoneda.

V.- Postura legal.

VI.- Nombre de los acreedores que hayan aparecido del certificado de gravámenes a que se refiere el artículo 155 si por carecer de sus domicilios la oficina recaudadora no pudo notificarlos personalmente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 159 de Código Fiscal del Estado de Baja California?

Las convocatorias de remate contendrán: I.- Nombre y domicilio del deudor. II.- La fecha, hora y lugar en que vaya a efectuarse el remate. III.- Relación de los bienes por rematar. IV.- Valor que sirva de base para la…

¿Está vigente el artículo 159?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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