Artículo 151 de Código Fiscal del Estado de Campeche
Código Fiscal del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cualquier otra dificultad que se suscite, tampoco impedirá la continuación de la diligencia de embargo. El ejecutor la subsanará discrecionalmente, a reserva de lo que disponga el jefe de la oficina recaudadora.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.