Artículo 4 de Código Fiscal del Estado de Campeche
Código Fiscal del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Se aplicarán de manera estricta las normas fiscales que establecen cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que determinen las infracciones y sanciones. Las normas que establecen cargas a los particulares son aquéllas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa, así como la época de pago de las contribuciones.
Para la aplicación de las demás disposiciones fiscales se utilizará cualquier método de interpretación jurídica.
A falta de disposición expresa de la legislación fiscal, siempre que no contravenga a ésta, se aplicarán supletoriamente las normas del derecho común vigentes en el Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.