Artículo 112 de Código Fiscal del Estado de Durango
Código Fiscal del Estado de Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
A quien cometa las infracciones a las disposiciones fiscales a que se refiere el artículo anterior, se sancionará con una multa de quinientos a mil UMA.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.