Artículo 116 de Código Fiscal del Estado de Durango
Código Fiscal del Estado de Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para proceder penalmente por los delitos fiscales previstos en este capítulo, será necesario que previamente la Secretaría de Finanzas y de Administración formule la quereIla correspondiente ante el ministerio público del Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.