Artículo 141 de Código Fiscal del Estado de Durango — Durango
Código Fiscal del Estado de Durango — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las notificaciones por estrados se harán fijando durante cinco días consecutivos el documento que se pretenda notificar en un sitio abierto al público de las oficinas de la autoridad que efectúe la notificación, dejando constancia de ello en el expediente respectivo. En estos casos, se tendrá como fecha de notificación la del sexto día siguiente aquél en que se hubiera fijado el documento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.