Artículo 162 de Código Fiscal del Estado de Durango
Código Fiscal del Estado de Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para iniciar un procedimiento de cobro en contra de un responsable solidario del crédito fiscal, será necesario efectuar notificación, en la que se expresará:
I. El nombre del contribuyente.
II. La resolución de la que se derive el crédito fiscal y el monto de éste.
III. Los motivos y fundamentos por los que se le considera responsable solidario del crédito
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.