Artículo 233 de Código Fiscal del Estado de Durango — Durango
Código Fiscal del Estado de Durango — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El recurso de revocación se hará valer ante la Secretaría de Finanzas y de Administración. El interesado deberá agotar este recurso previamente a la interposición de cualquier otra instancia o medio de defensa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.