Artículo 116 de Código Fiscal del Estado de Guerrero, Número 429
Código Fiscal del Estado de Guerrero, Número 429 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son responsables de los delitos fiscales quienes:
I.- Concerten la realización de delito;
II.- Realicen la conducta o el hecho descrito en la presente Ley como delito;
84 http://www.guerrero.gob.mx/consejeriajuridica consejeria_juridica@guerrero.gob.mx CODIGO FISCAL DEL ESTADO DE GUERRERO, NUMERO 429 III.- Cometan conjuntamente el delito;
IV.- Se sirvan de otras personas como instrumento para ejecutarlos;
V.- Induzcan dolosamente a otra persona a cometerlo;
VI.- Ayuden dolosamente a otra persona para su comisión; y VII.- Auxilien a otro después de su ejecución, cumpliendo una promesa anterior.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.