Código Fiscal estatal

Artículo 50 de Código Fiscal del Estado de Guerrero, Número 429

Código Fiscal del Estado de Guerrero, Número 429 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Durante el transcurso de las prórrogas que se concedan para el pago de un crédito fiscal, se causarán recargos de conformidad a lo dispuesto en este Código.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 50 de Código Fiscal del Estado de Guerrero, Número 429?

Durante el transcurso de las prórrogas que se concedan para el pago de un crédito fiscal, se causarán recargos de conformidad a lo dispuesto en este Código.

¿Está vigente el artículo 50?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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