Código Fiscal estatal

Artículo 66 de Código Fiscal del Estado de Guerrero, Número 429

Código Fiscal del Estado de Guerrero, Número 429 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La compensación solo operara si existe autorización de la autoridad hacendaría estatal. Dicha petición podrá realizarse mediante escrito libre observando los requisitos del artículo 76 del presente ordenamiento.

(REFORMADO, P.O.

28 DE DICIEMBRE DE 2007)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 66 de Código Fiscal del Estado de Guerrero, Número 429 a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 66 de Código Fiscal del Estado de Guerrero, Número 429?

La compensación solo operara si existe autorización de la autoridad hacendaría estatal. Dicha petición podrá realizarse mediante escrito libre observando los requisitos del artículo 76 del presente ordenamiento.…

¿Está vigente el artículo 66?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.