Código Fiscal estatal

Artículo 18 de Código Fiscal del Estado de Jalisco

Código Fiscal del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La Secretaría de la Hacienda Pública, dictará las reglas sobre los requisitos que deban reunir las garantías; vigilará que sean suficientes tanto en el momento de su aceptación como con posterioridad y si no lo fueren, exigirá su ampliación o procederá al embargo de otros bienes.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 18 de Código Fiscal del Estado de Jalisco a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 18 de Código Fiscal del Estado de Jalisco?

La Secretaría de la Hacienda Pública, dictará las reglas sobre los requisitos que deban reunir las garantías; vigilará que sean suficientes tanto en el momento de su aceptación como con posterioridad y si no lo fueren,…

¿Está vigente el artículo 18?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.