Código Fiscal estatal

Artículo 74 de Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo

Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

A quien cometa las infracciones señaladas en el artículo anterior, se impondrán las siguientes multas:

(REFORMADO, P.O. 31 DICIEMBRE DE 2009)

I. Del equivalente del 20% a un 40% del monto del impuesto que se determine en los casos a que se refieren las fracciones I y II; y, (REFORMADO, P.O. 31 DICIEMBRE DE 2009)

II. Del equivalente del 100% al 150% del monto del impuesto que se determine en el caso a que se refiere la fracción III.

CAPITULO II DE LOS DELITOS FISCALES

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 74 de Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo?

A quien cometa las infracciones señaladas en el artículo anterior, se impondrán las siguientes multas: (REFORMADO, P.O. 31 DICIEMBRE DE 2009) I. Del equivalente del 20% a un 40% del monto del impuesto que se determine…

¿Está vigente el artículo 74?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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