Artículo 19 de Código Fiscal del Estado de Nayarit — Nayarit
Código Fiscal del Estado de Nayarit — Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Corresponde al Gobernador por conducto de la Secretaria y demás autoridades administrativas que prevea el Reglamento Interior de dicha Secretaria (sic), la aplicación e interpretación fiscal administrativa de las leyes u ordenamientos de la materia; en los casos dudosos que se sometan a su consideración.
La Secretaría, a través de resoluciones que establezcan disposiciones de carácter general, podrá dictar acuerdos de carácter administrativo relativos a la administración, control, formas de pago, procedimientos y obligaciones secundarias para facilitar la aplicación de las leyes fiscales del Estado, sin que por ningún motivo se puedan variar el objeto, sujeto, base, tasa o tarifa, infracciones y sanciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.