Artículo 31 de Código Fiscal del Estado de Nayarit
Código Fiscal del Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los créditos fiscales podrán pagarse mediante depósito en efectivo o transferencia electrónica de fondos a favor de la Secretaría. De los pagos que se realicen conforme a dichos procedimientos, así como de las declaraciones, solicitudes, avisos y demás documentos que se presenten ante las autoridades fiscales, Instituciones de Crédito o en forma electrónica, se integrarán archivos en medios magnéticos, los que tendrán la misma validez jurídica que los archivos documentales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.