Código Fiscal estatal

Artículo 36 de Código Fiscal del Estado de Nayarit — Nayarit

Código Fiscal del Estado de Nayarit — Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los contribuyentes tendrán derecho a gestionar y obtener la devolución de cantidades pagadas indebidamente o en cantidad mayor a la debida, conforme a las siguientes reglas:

I.- Cuando el pago de lo indebido, total o parcialmente, se hubiere efectuado en cumplimiento de resolución de autoridad que determine la existencia de un crédito fiscal, lo fije en cantidad líquida o dé las bases para su liquidación; el derecho a la devolución nace cuando dicha resolución hubiere quedado insubsistente;

II.- Tratándose de créditos fiscales cuyo importe hubiere sido efectivamente retenido o trasladado a los sujetos pasivos, el derecho a la devolución solo corresponderá a éstos; y III.- En los casos no previstos en las fracciones anteriores, tendrán derecho a la devolución de lo pagado indebidamente quienes hubieren efectuado el entero respectivo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 36 de Código Fiscal del Estado de Nayarit — Nayarit?

Los contribuyentes tendrán derecho a gestionar y obtener la devolución de cantidades pagadas indebidamente o en cantidad mayor a la debida, conforme a las siguientes reglas: I.- Cuando el pago de lo indebido, total o…

¿Está vigente el artículo 36?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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