Artículo 106 de Código Fiscal del Estado de Sinaloa
Código Fiscal del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Se entiende por delito fiscal la conducta típica, antijurídica y culpable descrita como tal en este Código, cuyas consecuencias jurídicas son aplicables a quienes en materia fiscal cometan actos u omisiones dolosas, que conlleven a un daño o posible daño en perjuicio de los intereses del fisco estatal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.