Código Fiscal estatal

Artículo 19 de Código Fiscal del Estado de Sinaloa

Código Fiscal del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las disposiciones fiscales contenidas en este Código, se aplicarán en su defecto cuando estas disposiciones establezcan opciones a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o para determinar las contribuciones a su cargo, la elegida por el contribuyente no podrá variarla respecto al mismo ejercicio.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 19 de Código Fiscal del Estado de Sinaloa?

Las disposiciones fiscales contenidas en este Código, se aplicarán en su defecto cuando estas disposiciones establezcan opciones a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o para determinar…

¿Está vigente el artículo 19?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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