Artículo 161 de Código Fiscal del Estado de Tabasco — Tabasco
Código Fiscal del Estado de Tabasco — Tabasco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el supuesto señalado en la fracción II del artículo anterior, las autoridades fiscales podrán hacer la enajenación directamente o adjudicarlos a favor del fisco estatal y en su caso donarlos de conformidad con el segundo párrafo del artículo 159 de este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.