Artículo 12 de Código Fiscal del Estado de Tamaulipas
Código Fiscal del Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el ejercicio fiscal de 2012 las dependencias y entidades de la administración pública estatal sólo podrán modificar sus estructuras orgánicas y ocupacionales aprobadas, previa autorización del Ejecutivo y de conformidad a las normas aplicables, siempre que cuenten con los recursos presupuestales suficientes autorizados por la Secretaría de Finanzas.
Las conversiones de plazas y las renivelaciones de puestos y categorías podrán realizarse, siempre y cuando se operen movimientos compensados que permitan liberar recursos para tal efecto, con autorización previa de la Secretaría de Finanzas y la Contraloría Gubernamental.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.