Código Fiscal estatal

Artículo 7 de Código Fiscal del Estado de Yucatán

Código Fiscal del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las participaciones son las cantidades de ingresos federales que el Estado tiene derecho a percibir conforme a las normas del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal. Las aportaciones son las cantidades de recursos públicos que con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación se asignan al Estado de conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal y los convenios que al efecto se celebren.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 7 de Código Fiscal del Estado de Yucatán?

Las participaciones son las cantidades de ingresos federales que el Estado tiene derecho a percibir conforme a las normas del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal. Las aportaciones son las cantidades de recursos…

¿Está vigente el artículo 7?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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