Artículo 1 de Código Fiscal del Estado de Zacatecas
Código Fiscal del Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el Estado de Zacatecas y sus municipios las personas físicas y las morales, así como las unidades económicas, están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas.
Se consideran unidades económicas, entre otras, a las sucesiones, los fideicomisos y las asociaciones en participación, de conformidad con la legislación vigente en el país, o cualquiera otra forma de asociación aun cuando no sean reconocidas como personas jurídicas conforme otras disposiciones legales aplicables.
Las personas que de conformidad con las leyes fiscales no estén obligadas a pagar contribuciones, únicamente tendrán las otras obligaciones que establezcan en forma expresa las propias leyes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.