Artículo 194 de Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche
Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son infracciones cuya responsabilidad recae sobre terceros, las que a continuación se señalan, por las que se impondrá una sanción de 130 a 245 veces el salario mínimo general vigente en el Municipio:
I. Asesorar, aconsejar o prestar servicios para omitir total o parcialmente el pago de alguna contribución en contravención a las disposiciones fiscales;
II. Colaborar en la alteración de documentos que se expidan; y III. Ser coparticipe en cualquier forma no prevista, en la comisión de infracciones fiscales.
CAPÍTULO SEGUNDO DE LOS DELITOS FISCALES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.